Familias numerosas: ayudas económicas para estancias en estaciones de montaña

La Xunta de Galicia acaba de convocar ayudas para que las familias numerosas puedan disfrutar de estancias de fin de semana en las estaciones de montaña de la Comunidad.

La Xunta de Galicia desde la Consellería de Política Social, atribuye a la Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica el ejercicio de las políticas públicas de apoyo a la familia e a la infancia, así como la
promoción y adopción de las medidas de conciliación que garantizan un ambiente favorable para el libre desarrollo de las familias.

La Xunta de Galicia considera conveniente incentivar el turismo de montaña para las familias numerosas como una medida de apoyo social y de fomento de las actividades de ocio.

OBJETIVO

Mediante esta orden, se convoca para el año 2018 la concesión de ayudas económicas a las familias numerosas de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, para estancias de fin de semana en las estaciones de montaña situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

O otorgamiento de las ayudas a las que se refiere esta convocatoria se realizará a través de la modalidad de pago único y de forma continuada hasta agotar el crédito presupuestario.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las familias numerosas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes contado a partir
del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Consulta las bases aquí

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